El Derecho al Cuidado
Editoras/es:
Keywords
Año: 2026
Páginas: 168
Los cuidados no pueden entenderse como una responsabilidad privada confinada al ámbito familiar, sino como un derecho social y un bien público esencial para la sostenibilidad de la vida, la cohesión social y el propio funcionamiento del sistema económico. En una sociedad longeva como la española, garantizar cuidados adecuados constituye una condición imprescindible para una vida plena y para el ejercicio efectivo de la ciudadanía social de todas las personas. A su vez, valorar socialmente la importancia de los trabajos de cuidados exige que estos se presten en las condiciones adecuadas para las personas cuidadoras, con respeto a sus derechos y con los apoyos necesarios.
La buena noticia del incremento de la esperanza de vida convierte los cuidados de larga duración, a su vez, en un reto estructural e inaplazable. La mayor demanda de cuidados de larga duración, que ya se está produciendo y que se intensificará en las próximas décadas, no es un fenómeno coyuntural ni reversible y exige políticas públicas de largo plazo, con planificación estratégica, financiación estable y capacidad de adaptación institucional. Hacer efectivo el Derecho al Cuidado exige una modernización de nuestro Estado del Bienestar, en línea con otros países de nuestro entorno. La renovación del Estado del Bienestar español debe pasar en este momento por el reconocimiento formal de este derecho, poniendo las políticas de cuidados de larga duración en pie de igualdad con el resto de pilares del Estado del Bienestar −la educación, la sanidad o las pensiones−.
La idea de que la mejora del bienestar social genera nuevo valor económico encuentra un sólido fundamento teórico en autores como Amartya Sen, Joseph Stiglitz o Mariana Mazzucato. El bienestar social y la provisión adecuada de bienes públicos son condiciones necesarias para el funcionamiento eficiente de las economías modernas. La inversión en educación, infraestructuras, sistemas sanitarios, cuidados de larga duración o protección social reduce desigualdades que erosionan la demanda agregada y fortalece la cohesión institucional. El acceso a servicios públicos no es únicamente un resultado deseable del crecimiento, sino una condición habilitante que amplía la productividad, la innovación y la participación social. Mejorar el bienestar social contribuye a crear un entorno macroeconómico más robusto y productivo, capaz de sostener la generación de ingresos en el largo plazo. Una sociedad con mayores capacidades distribuidas entre su población genera más oportunidades económicas, mayor dinamismo emprendedor y una base más sólida para el crecimiento sostenido. El bienestar, por tanto, no es un coste que detrae recursos, sino un factor constitutivo del propio proceso de creación de riqueza.
Es más, el sector público no se limita, como en ocasiones se dice, a redistribuir riqueza generada privadamente. Las administraciones –a través de la inversión en bienes públicos, innovación, cuidados, transición ecológica o sistemas de protección social– participan activamente en la configuración de mercados y en la ampliación de la frontera productiva. El bienestar social forma parte de esa infraestructura colectiva que permite la acumulación de capital humano, social y tecnológico.
En consecuencia, fortalecer los bienes públicos comunes no solo mejora las condiciones de vida, sino que amplía las bases mismas sobre las que se construye la prosperidad económica compartida.
